Insólito: las golpeó un drone mientras esperaban un taxi

El hecho ocurrió el fin de semana en Constitución. Las mujeres tuvieron que ser hospitalizadas con traumatismos de cráneo pero se recuperaron. No se sabe quién manejaba el artefacto electrónico.

El pasado sábado dos mujeres de 40 y 48 años, que bajaron del tren en Constitución y estaban por abordar un taxi, fueron golpeadas por un drone en plena vía publica.

De esta manera ingresaron al hospital Argerich, donde luego de realizarles la correspondiente revisación medica se determinaron “traumatismos diversos sobre el cráneo” de ambas mujeres, oriundas de Florencia Varela, que ya fueron dadas de alta. Ahora surgen varios interrogantes ¿De quién era el drone?, ¿Quién lo manejaba?, ¿Es legal? Nada de esto se sabe al respecto, aunque sí podemos confirmar que se trata de una maniobra ilegal.

Cabe aclarar que un drone, es un vehículo aéreo no tripulado. Por lo tanto necesita de un control remoto, y alguien que lo guíe. Principalmente estos dispositivos se utilizan para grabar videos o tomar imágenes, y en el mejor de los casos son usados por la ciencia, como la NASA para por ejemplo, buscar agua en la Luna o en Marte.

También se usan en el campo, y al mismo tiempo se pusieron de moda entre el común de la gente ya sea para quienes realizan deportes extremos, o por aficionados de la fotografía y las cámaras que buscan la toma jamás vista. Aunque aquí, quedan excluidos “los vehículos chicos de hasta 10 kilos de peso vacío, con fines deportivos o recreativos”, ya que las autoridades que regulan su actividad advierten que en esa categoría no se encuadra el uso incorrecto.

Usos y permisos.

En julio de este año, se promulgó el reglamento de los vehículos aéreos no tripulados, y el mismo incluye restricciones.

Desde noviembre, las exigencias de la norma entrarán en vigencia y de esta manera será casi imposible usar drones. Principalmente, la normativa advierte que toda persona que pretenda operar un drone “deberá contar con una autorización expedida por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC)”, organismo que elaboró el documento aprobado y que funciona como regulador de la actividad en el espacio aéreo.

Para su correcto uso existen tres normas básicas. Primero, la fotografía o filmación no consentida de terceros o de sus bienes o pertenencias. Luego la observación, intromisión o molestia en la vida y actividades de terceros y por último la realización de actividades semejantes al trabajo aéreo.

Luego, la reglamentación indica que este tipo de aparatos “no podrán operar en zonas densamente pobladas o donde haya aglomeración de personas, ni en horario nocturno”, destacando que siempre será necesario el permiso de la ANAC.

Inclusive, los propietarios de drones estarán “obligados a contratar un seguro de responsabilidad por los daños a terceros que pudiera ocasionar su operación”. Y deberán llevar “una placa de identificación inalterable fijada a su estructura”.

Además los pilotos, deberán reunir requisitos como: Ser mayores de edad. Contar con aptitud psicofisiológica certificada por un hospital público, que dé cuenta de su aptitud visual y auditiva como así también de su motricidad fina, condición que deberá ser acreditada cada dos años. Mientras tanto ¿quien nos protege de los drones?

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