El abogado Sergio Mohadeb denunció que los aumentos violan los principios de irretroactividad y derecho de propiedad.
Este lunes el Gobierno hizo oficial los aumentos en las tarifas de gas y la compensación a las empresas distribuidoras de energía por la fuerte devaluación mediante un plan de pago de 24 cuotas que cada usuario deberá pagar sobre lo consumido entre abril y septiembre, según lo consignado en el Boletín Oficial. Ante dicha medida firmada por el ministro de Energía Javier Iguacel, el abogado Sergio Mohadeb, conocido en las redes sociales como "Derecho en Zapatillas", publicó un escrito donde explica que esa compensación es ilegal por violar las principios de irretroactividad y el derecho de propiedad. "Por medio de la presente impugno la factura de gas nro. […] de fecha […] en atención a incluir un cargo retroactivo. Las facturas anteriores están pagas, y por ende extinguieron la obligación de pagar la tarifa de ese período, artículo 880 del código civil y comercial y por ende también se viola el principio de irretroactividad (art. 7 del código civil y comercial) y mi derecho de propiedad. Por ese motivo solicito la supresión de ese cargo y desde ya impugno la norma general en que se basa. La presente no es una declaración completa de los hechos y del derecho y mi parte desde ya reserva el derecho de ampliar y promover las demás acciones legales que correspondan en caso de que no se avengan a deducir el cargo citado", expresó Mohadeb.
A su vez, el letrado fue consultado por Jorge Lanata en Radio Mitre por sus argumentos y precisó que "es una nota que pensaba presentar en la distribuidora de gas en caso de que hagan la autorización para el aumento en forma retroactiva. Las leyes se presumen para futuro y no puede afectar el derecho a la propiedad. Hay algo que se conoce como ‘efecto liberatorio del pago’, que establece que cuando el pago está hecho en su totalidad se libera al deudor de la obligación de la tarifa". "Hay un período para la facturación del gas; si pagué, entonces ese período se consolidó y no puede volverse a abrir", detalló. El artículo 880 del Código Civil y Comercial que mencionó el abogado establece que "el pago realizado por el deudor que satisface el interés del acreedor, extingue el crédito y lo libera".
Por otro lado, Mohadeb recordó que hubo un antecedente en 2010 con las facturas de luz, donde también se intentó cobrar un retroactivo "pero un juez invalidó el aumento porque violaba el derecho a la propiedad. Además, se infringe el derecho de defensa del consumidor porque no hubo preaviso". En la misma línea, el fiscal federal Guillermo Marijuan denunció penalmente a Iguacel por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario, mientras que pidió una cautelar para suspender las subas. "Si bien se justifica la aplicación de la medida con el fin de compensar a las prestadoras del servicio de distribución, como consecuencia de la variación del tipo de cambio, la resolución cuestionada provoca un perjuicio al patrimonio de los consumidores", consideró el fiscal.