Se reglamentó el cobro del impuesto a la renta financiera a extranjeros

Será a partir de mañana. Así los que compren Lebac en el país deberán tributar ganancias. El decreto 279 fue publicado hoy en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional reglamentó el cobro del impuesto a las Ganancias a la renta financiera que obtengan extranjeros que invierten su dinero en el mercado de capitales argentino.

La desición establece el Impuesto Cedular de Rentas Financieras para Beneficiarios del Exterior sobre los siguientes instrumentos:

• ganancias obtenidas por títulos públicos

• obligaciones negociables

• títulos de deuda

• cuotapartes de rentas de fondos comunes de inversión

• monedas digitales

Aprobada en el Congreso a fines del año pasado, la norma establece que pagarán el 5% por las ganancias derivadas de inversiones que realicen en pesos y 15% por las utilidades acumuladas en dólares.

También alcanza, con una alícuota del 15%, sin importar la moneda de valuación, a:

• algunas acciones

• valores representativos de certificados de depósitos de acciones

• cuotapartes de condominios de fondos comunes de inversión

• certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares.

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