RIPEE ya rige en San Luis: beneficios para invertir, contratar personal y regularizar deudas

El Régimen Integral de Promoción del Desarrollo Económico y del Empleo (RIPEE) comenzó a implementarse en San Luis tras su instrumentación y la definición de requisitos por parte de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos. La iniciativa, impulsada por el gobernador Claudio Poggi y aprobada por la Legislatura, está dirigida a comercios y empresas pequeñas, medianas y grandes.

Presentado el 2 de septiembre durante el Día de la Industria, el régimen reúne herramientas para promover nuevas actividades y acompañar a empresas ya radicadas que busquen invertir, ampliar su producción o incorporar trabajadores. Su alcance comprende, entre otros sectores, actividades agropecuarias, apícolas, frutihortícolas, mineras, industriales, de construcción, energía, logística, comercio, turismo, cultura, tecnología y servicios.

“Yo creo que el RIPEE es una herramienta muy potente para atraer y ampliar sus inversiones y por ende, nuevos puestos de trabajo”, sostuvo Claudio Poggi durante la presentación realizada en la Caja de los Trebejos de Potrero de los Funes.

Uno de los instrumentos centrales es el esquema de exenciones sobre tributos provinciales vinculados con las inversiones comprendidas. Los beneficios pueden extenderse hasta 15 años: alcanzan al 100% durante los primeros cinco, al 75% durante los cinco siguientes y al 50% durante los últimos cinco. Incluyen Ingresos Brutos, Inmobiliario, Patentes y Sellos, según corresponda al proyecto.

Las industrias alcanzadas por la Ley 501 conservarán la tasa cero de Ingresos Brutos y podrán utilizar las nuevas herramientas cuando resulten compatibles. El acceso a los programas de promoción estará vinculado con proyectos de inversión, a través del Programa de Fomento a las Nuevas Inversiones o del Programa de Incentivos Fiscales.

El RIPEE también permite convertir determinados saldos a favor de Ingresos Brutos declarados al 31 de mayo de 2026 en certificados de crédito fiscal. La conversión puede alcanzar hasta el 80% del saldo declarado, sujeta a las condiciones reglamentarias. El plazo para solicitarla llega hasta el 31 de marzo de 2027 y contempla una posible prórroga de seis meses.

En materia laboral, se prevé un aporte provincial para empresas que incorporen a personas beneficiarias de planes sociales. Las contrataciones deberán ajustarse al régimen laboral y al convenio colectivo de cada actividad. Según explicó Poggi, la asistencia podría alcanzar los $600.000 mensuales por trabajador, con el mayor aporte durante los primeros 12 meses y una reducción progresiva durante el segundo año.

Otra herramienta habilita el uso de inmuebles del Estado provincial, incluidos terrenos, naves industriales y parcelas en zonas de perilagos. Esos bienes podrán destinarse a proyectos productivos o turísticos mediante alquiler, concesión o venta a valores de fomento, de acuerdo con las características de cada iniciativa.

Además, el régimen contempla la conformación de un Fondo de Garantía junto con el Consejo Federal de Inversiones. Su finalidad es respaldar a empresas con proyectos de inversión que encuentran dificultades para reunir las garantías requeridas por las entidades financieras.

La reglamentación de Ingresos Públicos establece, a su vez, un mecanismo para regularizar deudas tributarias provinciales con una antigüedad superior a dos meses al momento de suscribir el plan. Comprende obligaciones de contribuyentes y agentes de retención, percepción o recaudación, junto con multas y recargos. Para adherir, se exige acreditar el pago de las obligaciones corrientes ajenas al plan, reconocer la deuda y desistir de los recursos administrativos o judiciales vinculados con los importes regularizados.

El pago al contado contempla un descuento del 10% sobre el monto adeudado, hasta el límite correspondiente al capital. Los planes de hasta tres cuotas permiten financiar sin entrega inicial ni interés. Entre cuatro y 12 cuotas se requiere un anticipo del 10% y se aplica un interés equivalente al 30% del vigente; entre 13 y 24 cuotas, el interés equivale al 50%; y entre 25 y 36 cuotas, al 75%. En estos dos últimos tramos se mantiene el anticipo del 10%.

Las cuotas mínimas son de $25.000 para Ingresos Brutos, $15.000 para Sellos, $10.000 para Automotores, Acoplados y Motocicletas, y $7.000 para Inmobiliario. Para agentes de retención, percepción o recaudación, el mínimo asciende a $1 millón y la financiación tiene un máximo de seis cuotas.

La adhesión puede tramitarse con clave fiscal en el portal de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos o presencialmente en sus oficinas, delegaciones y receptorías. El procedimiento requiere identificar el impuesto, elegir la modalidad e informar los datos bancarios cuando corresponda. A partir de cuatro cuotas, el débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente es obligatorio.

  • Las exenciones fiscales pueden extenderse hasta 15 años, con porcentajes decrecientes del 100%, 75% y 50%.
  • La conversión de determinados saldos a favor de Ingresos Brutos puede solicitarse hasta el 31 de marzo de 2027, con posible prórroga.
  • El régimen incluye apoyo económico a la contratación, acceso a inmuebles provinciales y garantías para facilitar créditos.
  • La regularización tributaria ofrece hasta 36 cuotas, con condiciones particulares según la deuda y el contribuyente.

Las deudas en actuaciones administrativas, apremios, procesos judiciales o situaciones concursales tienen requisitos adicionales. La continuidad del plan exige cumplir los pagos: puede caducar por dos cuotas consecutivas impagas durante más de 30 días desde el vencimiento de la segunda, o por tres alternadas durante más de 30 días desde el vencimiento de la tercera.