El Gobierno busca que darse de baja de una empresa telefónica o compañía de cable no sea tan engorroso. Para eso, obligará a que los proveedores de servicios sumen en su sitio web, a simple vista y en el primer acceso, el link mediante el cual el consumidor podrá solicitar la interrupción del servicio contratado. Así lo establece la resolución 316/2018 de la Secretaría de Comercio, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Además del link, cuando los proveedores brinden el servicio de atención a los usuarios en forma exclusivamente telefónica y/o electrónica, el horario de atención no podrá ser inferior a ocho horas por día, de lunes a viernes, y deberán informar en sus páginas web y en todos sus puntos de atención al usuario, el número telefónico o sitio electrónico para la formulación de consultas y/o reclamos.
La medida entrará en vigencia en un plazo de 60 días corridos y, quienes no se acojan, serán sancionados según lo dispone la ley 24.240 de Defensa del Consumidor.