Extienden hasta el 5 de octubre la recategorización de monotributistas

Por cambio de los ingresos, el operativo rige hasta el 5 de octubre para todas las categorías, mientras que la confirmación del lugar en la escala es para las categorías F a K.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que prorrogó hasta el 5 de octubre próximo el vencimiento de la recategorización del Monotributo, que estaba previsto para ayer.

Según informó el titular del organismo, Alberto Abad, lo que vencía ayer y se postergó es la recategorización para todas las escalas de monotributistas que deban cambiar su lugar porque modificaron sus parámetros de facturación o de alquiler, por ejemplo, y también la confirmación de categoría para aquellos pequeños contribuyentes registrados en las categorías de la F a la K.

Abad puntualizó en una conferencia de prensa que hasta ayer concretaron el trámite de categorización o confirmación 1.261.000 monotributistas sobre un total estimado de 3,2 millones, de los cuales 835.000 mantuvieron la categoría y 426.000 la cambiaron por su nivel de facturación.

En el total de monotributistas registrados también se encuentran comprendidos los monotributistas sociales, que tiene por objetivo facilitar y promover la incorporación a la economía formal de aquellas personas en situación de vulnerabilidad.

Según datos de la AFIP, del total de contribuyentes ubicados en las categorías de la F a la K, alrededor de 91.000 hasta ahora no han hecho ningún tipo de declaración, dato que motivó la prórroga.

En tanto, 142.000 contribuyentes confirmaron su actual nivel, entre F y K, y 76.000 cambiaron de categoría.

Con el nuevo plazo, luego del 5 de octubre la AFIP recategorizará de oficio a los contribuyentes inscriptos en los que observe inconsistencias entre la facturación declarada y el límite de la categoría a la que pertenecen o entre lo facturado y el nivel de gastos del contribuyente.

El resto de los monotributistas que deben confirmar la categoría tendrán plazos escalonados para hacerlo que se extienden hasta diciembre.

El titular de la AFIP recordó que en el portal Monotributo, en el servicio Mi categoría- Recategorización, se encuentran los datos que el organismo conoce sobre ingresos y gastos de los contribuyentes, bajo el título "Esto es lo que sabemos de vos".

Incluye facturas electrónicas realizadas y recibidas, cuotas de monotributo pagadas y gastos con tarjeta de débito y crédito, en el período septiembre 2016/agosto 2017.

El portal Monotributo cuenta también con los datos de la categoría de la última declaración, y las opciones para confirmar o no la categoría, o si el contribuyente rechaza recategorizarse.

Los consumos que resulten de las facturas por compras y los gastos con tarjeta serán tenidos en cuenta por la AFIP para establecer el nivel real de ingresos, sumándole 20%, a los prestadores de servicio y 30% a los que venden bienes.

Si esa cifra supera la facturación de la categoría, la AFIP recategorizará al monotributista en lugar superior de la escala o podrá excluirlo del Régimen Simplificado. Cualquiera de estas dos decisiones será publicada el 1 de octubre en el Boletín Oficial, pero también notificada electrónicamente.

En caso de resultar recategorizados de oficio o excluido, el monotributista podrá consultar los fundamentos de la decisión de la AFIP, ingresando al sitio denominado Monotributo -Recategorización de Oficio (Moreo).

También aparecerá en la página del organismo recaudador la opción para presentar un recurso de apelación de la medida.

Además, desde el 1´ de octubre, el monotributista deberá estar obligatoriamente adherido al domicilio electrónico que se revisa los martes y los viernes para ver si hay novedades.

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