"La Fiesta de la Calle Angosta está fuera de la ley", dice el Órgano de Contralor

En la primera resolución del año, el Tribunal de Contralor de Villa Mercedes, resolvió notificar al Intendente Frontera que la realización de la tradicional fiesta de la Calle Angosta “se encuentra fuera de la ley”, según informó el Vocal Primero del cuerpo, Ricardo Bazla.
“No se respeta el cupo femenino en la grilla de artistas que subirán al escenario Alfonso y Zavala. Una vez más, el régimen provincial dice una cosa y hace todo lo contrario. Hace poco tiempo, por iniciativa de la diputada ultraalbertista Anabela Lucero, la provincia adhirió a la ley nacional 27.539 que establece un mínimo del treinta por ciento de mujeres en las actuaciones, sin embargo, Frontera se olvidó de la ley y sólo contrató al 11,8 por ciento de mujeres para que actúen en Villa Mercedes”.

“Lamentablemente no es raro que Frontera quiera hacer las leyes a su medida, pero sigue equivocado. Por eso el Tribunal le ha advertido el daño que provocará tanto a las artistas no contratadas como a la propia municipalidad, porque la ley prevé una sanción económica que deberemos pagar todos los mercedinos en concepto de multa, equivalente al seis por ciento de todo lo que se recaude en las tres noches del festival”.

“Este despropósito legal, obliga al Tribunal de Contralor a denunciar al intendente ante el Concejo Deliberante, porque existe una clara responsabilidad funcional que se transforma en responsabilidad personal. Él debe conocer la ley y la debe aplicar, sin embargo, no lo ha hecho y la ciudad deberá pagar cifras millonarias por el olvido de Frontera. Entonces si el daño se provoca por responsabilidad del funcionario, debe ser el funcionario quien restituya ese dinero al municipio”.

Resolución del Tribunal de Contralor

R E S O L U C I Ó N N° 01/2022

VISTO:

La plena vigencia de la Ley 27.539, sancionada el 20/12/2019, a la que la Provincia de San Luis adhirió mediante la Ley 1025/2020 de fecha 28/07/2020, y;
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Mercedes, ha publicado en su portal oficial la grilla de artistas que participarán de la Fiesta Nacional de la Calle Angosta 2022;

Que en la mencionada grilla se anuncia la presencia en el escenario “Alfonso y Zavala” de los siguientes artistas: Los Tekis; Nahuel Pennisi; Destino San Javier; Los Manseros Santiagueños; Los Serenateros de Salta; Francisco Benitez; Los Trovadores de Cuyo; Los de Salta; Enrique Espinosa; Los Cantores del Alba; El Trebol Mercedino; Maju Rodríguez y Oscar Huelmo; 5 al Trío; Carlos García; Isabel Aliztegui; Walter Sapino; El Grupo Puntano; Los Guzmán; Viveka Rosa; Las Cuerdas Mercedinas; Nacencia; Los Copleros; Zandra Risatti; Las 100 Guitarras Mercedinas; Esencia de Cuyo; Los Hermanos Mercau y Las Guitarras Aparceras;
Que, el proyecto de la ley de cupo femenino en los Festivales a realizarse en la Provincia de San Luis en adhesión a la mencionada ley nacional, fue presentado por la diputada provincial por el bloque Frente Justicialista de Todos (FJT) Anabela Lucero y consiguió la media sanción a fines de junio de 2020;

Que, según la ley provincial, la autoridad de aplicación es la Secretaría General de la Gobernación y que en caso de que no se cumpla, los sujetos obligados, deberán pagar una multa por un valor equivalente hasta el 6 por ciento de la recaudación bruta de todo el concepto que haya generado la actuación de los eventos de música en vivo, conforme manifestó al momento de sanción de la ley de adhesión, la Senadora Oficialista Mabel Leyes;

Que, al momento del tratamiento de la ley en el Senado Provincial, la Senadora mencionada consideró que la aprobación de esta norma “es muy importante. En San Luis se va a poder observar especialmente en todos los festivales que se realizan durante el verano en los diferentes pueblos. Hay mujeres no solo en el rock, también en el cuarteto y en la música cuyana, que es la nuestra, y va a ser muy bonito ver su presencia en los escenarios puntanos”;

Que, si esta circunstancia se diera en la realización de la Fiesta Nacional de la Calle Angosta 2022, se vería innecesariamente afectado el patrimonio mubnicipal, cuyo resguardo y preservación se encuentra a cargo de este Tribunal de Contralor, conforme establece el Art. 95 Incisos a), b) y c) de la Carta Orgánica Municipal;

Que, del total de los conjuntos anunciados por la Municipalidad de Villa Mercedes que actuarán en la Fiesta de la Calle Angosta 2022, surge un componente, cuanto menos, de sesenta y ocho (68) personas de sexo masculino y no más de ocho (8) personas de sexo femenino;
Que, en consecuencia, no se cumpliría el treinta (30 %) por ciento establecido en la Ley Provincial, sino que solo se registraría la presencia del once coma siete por ciento (11,7 %) de mujeres en el escenario mayor de Villa Mercedes, en clara violación a la legislación vigente

POR ELLO: EL TRIBUNAL DE CONTRALOR MUNICIPAL DE VILLA MERCEDES, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES Y EN CUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES,

R E S U E L V E:

Art. 1°.- ADVERTIR al Departamento Ejecutivo Municipal que si la grilla de artistas anunciada en su página oficial de redes sociales, es la mencionada en los considerandos de esta Resolución, se produciría la violación de la Ley N° 27.539 a la que ha adherido la Provincia de San Luis mediante la Ley N° 1025.-

Art. 2°.- El incumplimiento de la normativa vigente significaría desconocer y vulnerar los derechos reconocidos por ley a las artistas femeninas negándoles participar de la fiesta mayor que se realiza en Villa Mercedes conculcando sus derechos, además de perjudicarlas materialmente. Asímismo, implicaría afectar el patrimonio público municipal por las multas que la ley prevé aplicar en caso de desconocimiento de la misma.-

Art. 3°.- SÍRVASE el Departamento Ejecutivo Municipal dar cumplimiento a las normas vigentes y evitar daños al erario público municipal.-

Art. 4°.- RECORDAR la plena vigencia de los Artículos 9 y 10 de la Carta Orgánica Municipal respecto de la responsabilidad funcional del Municipio y personal de los funcionarios cuando el daño se produjere por incumplimiento de la ley.-

Art. 5°.- ADVERTIR que si la situación planteada no es adecuada a las normas en vigencia, se procederá de conformidad a las obligaciones funcionales que posee este cuerpo auditor.

Art. 6°.- SOLICITAR que ante la inminencia de la realización de la Fiesta aludida, se informe a este Tribunal a qué persona física o jurídica le será depositado el importe equivalente a la multa del seis por ciento (6%) que establece el Art. 9° de la Ley 27.539 a la que adhirió la Provincia de San Luis y también solicitar se cumpla lo señalado en el Artr. 10° de la misma norma, para lo cual se requiere la entrega a este Tribunal de los comprobantes de cumplimiento de la citada norma, mediante la respectiva documentación respaldatoria.

Art. 7°.- Comuníquese la presente Resolución al Departamento Ejecutivo Municipal; al Honorable Concejo Deliberante; al Tribunal Municipal de Faltas y a la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de San Luis, por tratarse esta última de la autoridad de aplicación de la Ley 1025/2020.
Art. 8°.- De forma.

La presente Resolución fue adoptada, por mayoría de sus miembros, en Sesión Ordinaria del Tribunal de Contralor Municipal, en fecha dieciocho de enero de dos mil veintidós, en la ciudad de Villa Mercedes.

FIRMADO: C.P.N. Silvia Graciela PALACIOS, Presidente y Dr. Ricardo ANDRÉ BAZLA, Vocal Primero. Sin la firma del Dr. Carlos Hugo GONZÁLEZ, por ausencia justificada-

DEJA TU COMENTARIO