Flojo de papeles: Las maniobras de Rentas para encubrir el negociado de EDESAL y Tamayo

El negociado que esconden Tamayo y la empresa de Mario Ludovico Rovella nunca pagó el sellado de Rentas. Desde la oficina pública negaron sistemáticamente la información con el único find e encubrir un acto de corrupción.

El Concejal por Avanzar San Luis, Guillermo Araujo, informó que solicitó en cuatro oportunidades a la Directora Provincial de Ingresos Públicos que informara si se encontraba o no pagado el Impuesto de Sellos correspondiente al cuestionado contrato que la Municipalidad de San Luis firmó con la empresa EDESAL S.A.

“El 15 de diciembre y el 5 de enero, presenté un pedido de acceso a información pública en el marco de la Ley Nº V-924-2015 que exige a los funcionarios dar respuesta dentro de los 10 días de realizado el requerimiento. Como no me contestaron, reiteré el pedido a través de dos cartas documentos, una enviada el 2 de febrero y otra el 19 de febrero. La funcionaria provincial se excusó amparándose ilegítimamente en el secreto fiscal. Por eso tuve que recurrir al Juez Penal que le ordenó que informara al respecto. Finalmente, la repartición tuvo que reconocer que el impuesto no estaba pagado”, aseguró el legislador.

Sin embargo, mediante respuesta al Oficio Nº 15694057/21, Juan Francisco Ontiveros, funcionario de la D.P.I.P., informó al magistrado titular del Juzgado Penal Nº 2 que: “según surge de nuestro Sistema Tributario, no se constata el pago del impuesto de sellos del instrumento de referencia”.

“Ahora se entiende por qué la funcionaria no nos querían dar la información, pareciera que fue mandada por Rodríguez Saa para proteger a Tamayo, nunca se pagó el impuesto y a pesar de ello se comenzó con la ejecución del convenio” indicó Araujo.

El instituto del secreto fiscal está regulado en el art. 55 del Código Tributario pero se refiere al resguardo de las declaraciones juradas y demás escritos y documentos que presenten los contribuyentes. Es por ello que el concejal reprocha la conducta de la Directora Cecilia Badaloni porque el hecho de informar si un impuesto se pagó o no se pagó escapa a dicha tutela.

Además solo los documentos que contengan información de operaciones económicas pueden ser resguardados del público. “El convenio suscripto con EDESAL es un documento público, conocido por todos y cuyos valores económicos se han dado a conocer razón por lo cual deviene estéril el amparo legal por la simple razón de que no hay dato o contenido económico o negocio secreto alguno que sea necesario proteger” aclaró Araujo y señaló que “en caso de duda, debe estarse por el acceso a la información pública dada que las excepciones deben interpretarse restrictivamente”.

 

DEJA TU COMENTARIO