Córdoba: La justicia ordenó suspender tarifazos de Gas

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba suspendió el tarifazo por tres meses. El gas volvió al valor de marzo y deben compensar lo pagado. En toda la provincia, Ecogas debe refacturar y compensar al usuario. 

La sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó el fallo del juez Ricardo Bustos Fierro y ordenó retrotraer al 31 de marzo el aumento tarifario del gas natural, medida cuyo alcance se extiende por tres meses en todo el ámbito provincial.

Con la decisión del tribunal que componen los magistrados Luis Roberto Rueda y Abel Sánchez Torres, los usuarios que ya pagaron podrán solicitar el recálculo del costo del servicio y la devolución de importes, en tanto que quienes reciban facturas con aumento deberán descartarlas hasta tanto les lleguen otras boletas.

El nuevo escenario unifica las situaciones existentes con amparos, incluso contradictorios entre sí, en los juzgados federales de Río Cuarto, Villa María y Córdoba capital, y devuelve el expediente a Bustos Fierro para que avance con el fallo de fondo de la controversia.

A pedido del Gobierno nacional, sin embargo, la Corte Suprema podría eventualmente pronunciarse antes de que concluya el plazo fijado sobre la correspondencia o no del aumento de las tarifas del gas.

La Cámara Federal de Córdoba resolvió en favor de la cautelar patrocinada por el abogado Horacio Viqueira en el caso “Bustos, Rebeca Andrea y otro contra el Estado nacional”, donde están incluidos Ecogas y el Ente Nacional Regulador (Enargas).

Con este pronunciamiento, las tarifas en toda la provincia de Córdoba vuelven a los valores del 31 de marzo pasado, pero los tres meses de plazo (el máximo que permite la ley) se cuentan a partir de ayer, con lo cual, de no mediar la resolución del fondo de la disputa, quedarán incluidos todos los consumos del semestre abril-septiembre.

“Está demostrado que la refacturación es muy sencilla, no demora más de tres días. El usuario, si ya pagó, debe controlar que le refacturen a esa fecha con la devolución del importe que puede ser en consumo, y quien no recibió la boleta, debe esperarla con el costo anterior del servicio”, explicó anoche una fuente de la Justicia Federal con acceso al expediente.

La distribuidora de gas también quedó impedida de cortar el suministro por causa de falta de pago de las boletas que incluyen los incrementos cuestionados.

Justo antes de que se conociera la resolución, Ecogas había difundido un comunicado para explicar cómo se cobrarían las facturas en dos cuotas. Tras la medida, la empresa no brindó ningún tipo de precisión sobre el modo en que hará efectivo el fallo judicial.

Viqueira, por su parte, consideró que la decisión de la Cámara hace lugar a “garantías constitucionales que han sido tremendamente vulneradas”, dijo.

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