El legislador elaboró un proyecto de Ley para que los altos cargos aporten el 30% de sus salarios a un Fondo Solidario para paliar erogaciones que genera la crisis por la Pandemia de Covid – 19.
El texto presentado en la Cámara de Senadores, reza en sus principales artículos lo siguiente:
Créase el “FONDO SOLIDARIO APORTADO POR EL SECTOR PUBLICO PARA FINANCIAR LOS EFECTOS DE LA CRISIS
PRODUCIDA POR LA PANDEMIA COVID-19” cuya asignaciónespecífica es contribuir al financiamiento de las erogaciones extraordinarias que genera la crisis sanitaria, social y productiva producida en nuestro país por la pandemia de COVID-19.
Artículo 2°: El Fondo del artículo 1 se conforma con el aporte mensual y por el plazo de 6 meses consecutivos contados a partir de la sanción de la presente ley, del 30% de la retribución bruta total mensual y habitual, cuando ésta sea igual o superior a $ 120.000.- -pesos ciento veinte mil-, del personal jerárquico del sector público nacional comprendido en los alcances del art. 8° de la Ley N° 24.156, incluido el Poder Legislativo Nacional, el Poder Judicial de la Nación, el Ministerio Público Fiscal, los organismos y entes autárquicos, descentralizados, las empresas y Sociedades del Estado y las entidades bancarias oficiales.
Queda comprendido en esta norma todo el personal jerárquico:
a) de la Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social.
b) Empresas y Sociedades del Estado, abarcando a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, a los representantes del
Estado en las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, en las Sociedades de Economía Mixta y en todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.
c) Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, abarcando a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.
d) Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional.
Este viernes presente en el Senado de la Nacion un proyecto de ley de creación de un FONDO SOLIDARIO APORTADO POR EL SECTOR PÚBLICO con el destino de contribuir a financiar los efectos de la crisis sanitaria, social y productiva , producidos por la pandemia COVID-19. pic.twitter.com/RAdClZjXPm
— Claudio Javier Poggi (@claudiojpoggi) April 25, 2020